En Derecho a Saber abordaron el Compliance como herramienta clave para las empresas
En una nueva edición del espacio Derecho a Saber, que se emite en La Mañana Informativa de La Nueva Radio Suárez, el abogado Juan Bautista Luqui desarrolló un tema que hoy ocupa a grandes compañías y también a pequeñas y medianas empresas: el denominado compliance, término anglosajón que, según aclaró desde el inicio, puede traducirse simplemente como “cumplimiento”.
Luqui explicó que se trata de un análisis integral de la empresa, una suerte de “chequeo general” jurídico y organizacional que permite detectar puntos vulnerables y prevenir conflictos. El compliance examina riesgos vinculados al derecho penal, laboral, impositivo y societario, entre otros. Entre los aspectos que se evalúan mencionó posibles sobreprecios o retornos en contrataciones, conflictos con proveedores, robos internos, acoso laboral, abuso de poder, irregularidades en facturación y deficiencias en registraciones.
Lejos de ser un simple manual teórico, el especialista sostuvo que el compliance implica diseñar procedimientos concretos. No solo establece qué conductas están prohibidas, sino también cómo se controlan y qué mecanismos existen para denunciar irregularidades. En ese marco, destacó la importancia de implementar canales de denuncia confidenciales o anónimos que protejan al empleado y le permitan comunicar situaciones de acoso, irregularidades salariales o incumplimientos sin temor a represalias.
En empresas de mayor envergadura suele designarse un “oficial de cumplimiento”, figura interna con autonomía suficiente para supervisar que las reglas se respeten. Esta persona debe contar con respaldo del directorio para intervenir en áreas sensibles como facturación, compras o movimientos bancarios. Sin independencia real, advirtió Luqui, el sistema pierde eficacia.
El abogado remarcó que el compliance no es exclusivo de grandes corporaciones. También puede adaptarse a una pyme mediante un esquema simplificado que ordene aspectos básicos, como la separación de cuentas personales y comerciales, la correcta registración de empleados o la definición de protocolos internos claros. La lógica es preventiva: resulta más económico y eficiente corregir desvíos antes de que se conviertan en conflictos judiciales o penales.
Asimismo, subrayó que contar con certificaciones internacionales de cumplimiento —como determinadas normas ISO— otorga ventajas competitivas. Muchas licitaciones públicas o privadas valoran especialmente que la empresa posea protocolos formales de control y gestión de riesgos. Esto puede facilitar el acceso a contratos, financiamiento e incluso programas internacionales vinculados a desarrollo sustentable.
Luqui enumeró los principales pilares de un programa de cumplimiento: el mapa de riesgos, la definición de procedimientos internos, la capacitación periódica del personal, la existencia de canales de denuncia y la aplicación de sanciones claras ante incumplimientos. En este sentido, explicó que incluso en situaciones como un despido por robo, la existencia de normas internas conocidas y capacitaciones previas puede fortalecer la posición de la empresa ante un eventual litigio.
Desde la perspectiva del trabajador, el compliance también aporta beneficios. Permite contar con vías institucionales para plantear reclamos sobre liquidaciones salariales, aportes o condiciones laborales, en un marco donde la propia empresa reconoce formalmente la protección de esos derechos.
Finalmente, el abogado insistió en que más allá del término en inglés, la esencia del compliance es simple: ordenar la empresa, transparentar procedimientos y reducir riesgos. En un contexto cada vez más exigente en materia de controles y estándares, contar con un programa de cumplimiento ya no es una excentricidad, sino una herramienta estratégica que puede marcar la diferencia en la sustentabilidad y crecimiento de cualquier organización.
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