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Derecho a Saber: qué son las sociedades simples y cuándo conviene utilizarlas

En una nueva edición del espacio “Derecho a Saber” de La Nueva Radio Suárez, el abogado Juan Bautista Luqui explicó una herramienta legal poco conocida pero muy útil para quienes quieren iniciar un pequeño emprendimiento: las sociedades simples.

El tema surgió a partir de una consulta real que recibió en su estudio. “El otro día vinieron dos chicos muy jóvenes que estaban por abrir un kiosco en Suárez y me preguntaron si tenía sentido hacer una sociedad. Ellos creían que no valía la pena porque era un negocio chico”, relató el abogado.

Sin embargo, Luqui aclaró que existe una forma de asociación muy sencilla y accesible, pensada justamente para pequeños emprendimientos.

Una forma simple de asociarse

Las llamadas sociedades simples, conocidas anteriormente como sociedades de hecho, permiten que dos o más personas se asocien mediante un contrato básico.

“Uno puede sentarse, armar un contrato de sociedad, certificar las firmas en el Juzgado de Paz y listo. No hace falta inscribirla en ningún registro”, explicó.

De esta manera, la sociedad adquiere una identidad propia: tiene nombre, domicilio, capital y un objeto comercial definido.

La sociedad como “tercera persona”

Una de las principales ventajas es que la sociedad funciona como una persona jurídica independiente de los socios.

“Cuando hay una sociedad, quien sale a contratar, comprar a proveedores, abrir una cuenta bancaria o asumir obligaciones es la sociedad. Los socios quedan detrás de esa estructura”, señaló Luqui. Esto implica que, en principio, las deudas o responsabilidades del negocio recaen sobre la sociedad y no directamente sobre el patrimonio personal de los socios, salvo que existan irregularidades o conductas indebidas.

Cómo se pone en marcha

Una vez firmado el contrato y certificadas las firmas, el trámite puede continuar de forma sencilla:

Se obtiene el CUIT de la sociedad ante el organismo fiscal.

Se puede abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad.

El emprendimiento comienza a operar formalmente.

Para armar correctamente el contrato, el abogado recomendó contar con asesoramiento profesional para definir cuestiones básicas como el objeto del negocio, la forma de tomar decisiones o quién representará a la sociedad.

Costos y obligaciones

Si bien es una estructura simple, la sociedad igualmente debe cumplir ciertas obligaciones administrativas.

Por ejemplo, es necesario contar con un contador que lleve la contabilidad y realice las declaraciones impositivas correspondientes.

“Una sociedad es una persona que ejerce comercio, por lo tanto, tiene que presentar declaraciones juradas y pagar impuestos”, explicó Luqui.

Estos costos mensuales pueden ser el principal punto a evaluar al momento de decidir si conviene o no constituir una sociedad.

Una herramienta útil para emprender

Pese a ello, el abogado sostuvo que para muchos emprendimientos puede ser una opción conveniente, incluso cuando se trata de negocios pequeños.

“No hace falta que la empresa sea grande. Dos personas pueden poner un capital muy pequeño y tener una sociedad perfectamente armada”, indicó.

Además, las sociedades simples permiten realizar diversas operaciones comerciales, desde comprar bienes hasta organizar la gestión del negocio mediante actas o decisiones internas.

Otras formas societarias

Luqui también mencionó que existen estructuras más complejas, como las SAS (Sociedades por Acciones Simplificadas), las SRL o las sociedades anónimas, que se utilizan generalmente en emprendimientos de mayor tamaño.

Sin embargo, para muchos proyectos iniciales o familiares, la sociedad simple puede ser una alternativa práctica.

“Son sociedades buenas, fáciles y baratas. Y pueden ser una herramienta muy útil cuando se quiere iniciar un emprendimiento”, concluyó.