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Derecho a Saber: ¿qué responsabilidad tienen los bancos frente a una estafa virtual?

El abogado Juan Bautista Luqui explicó que las entidades financieras tienen obligaciones específicas de control frente a las operaciones sospechosas y que, en determinados casos, deben responder por el dinero sustraído. También destacó la importancia de reunir pruebas y actuar rápidamente.

Las estafas virtuales se han convertido en una de las modalidades delictivas más frecuentes y, en muchos casos, tienen como escenario las cuentas bancarias de las víctimas. En una nueva edición del espacio “Derecho a Saber”, el abogado Juan Bautista Luqui abordó la responsabilidad que tienen las entidades financieras cuando sus clientes sufren el vaciamiento de sus cuentas como consecuencia de una maniobra fraudulenta.

Luqui explicó que el sistema jurídico argentino contempla esta problemática desde la perspectiva de la protección del consumidor y sostuvo que los bancos tienen la obligación de contar con mecanismos capaces de detectar operaciones inusuales o sospechosas.

“El banco tiene la obligación de controlar estas maniobras”

“Yo no voy a dedicar el programa a explicar qué tipo de estafas hay, porque estaría dando letra a los delincuentes”, aclaró inicialmente el abogado, quien señaló que actualmente buena parte de las estafas económicas pasan por el sistema bancario.

Según explicó, la legislación parte de considerar que el consumidor es la parte más vulnerable de la relación: “El estafador la tiene recontra clara. Entonces, ¿qué solución le dio la ley? Como esto pasa por los bancos, los bancos tienen la obligación de controlar estas maniobras raras”.

Para ello, las entidades financieras disponen de sistemas informáticos que permiten detectar movimientos que se apartan del comportamiento habitual de un cliente.

Luqui señaló que, en materia de defensa del consumidor, existe una responsabilidad objetiva de las entidades financieras frente a determinados perjuicios producidos por fallas en los mecanismos de seguridad.

“Muchas veces el banco dice: ‘Usted dio los datos, nosotros no podemos hacer nada’. Háganme caso a mí, no al banco. El banco siempre va a decir eso para no pagar”, afirmó, y sostuvo que existe una importante cantidad de jurisprudencia que respalda el reclamo de los usuarios en situaciones de fraude.

Cada caso debe analizarse en particular

El abogado aclaró, no obstante, que no todas las situaciones son iguales y que cada caso requiere un análisis específico.

Como ejemplo, mencionó el caso de un cliente al que le sustrajeron 89 millones de pesos mediante 15 transferencias de aproximadamente 4,2 millones cada una realizadas en apenas tres minutos.

“Evidentemente hay un fraude porque yo nunca hice esas transferencias y menos en tres minutos. Evidentemente ahí el banco falló”, explicó.

En cambio, señaló que una operación de monto reducido podría ser evaluada de manera diferente por los sistemas de seguridad de la entidad financiera. Por eso, remarcó que “cada caso merece un estudio en particular”.

¿Qué hacer inmediatamente después de advertir una estafa?

Luqui recomendó actuar rápidamente y, fundamentalmente, conservar toda la evidencia disponible.

“Hay que juntar toda la documentación posible. Sacar fotos del celular, bajar la información de Internet, porque muchas veces desaparece esa información”, indicó.

Mensajes, capturas de pantalla, comprobantes de transferencias, correos electrónicos, números telefónicos, movimientos bancarios y cualquier otro elemento relacionado con la maniobra pueden resultar relevantes para formular posteriormente el reclamo.

A partir de allí, las alternativas pueden incluir una presentación ante Defensa del Consumidor, una intimación a la entidad bancaria o directamente el inicio de una acción judicial, dependiendo de las características y urgencia de cada situación.

En casos donde la persona quedó sin recursos para afrontar sus necesidades básicas, Luqui destacó que puede ser necesario recurrir directamente a la Justicia para solicitar una medida urgente.

La importancia de la Ley de Defensa del Consumidor

Uno de los aspectos centrales señalados durante la entrevista fue la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, ya que, según explicó el abogado, modifica las reglas tradicionales respecto de quién debe demostrar lo ocurrido.

“En esta situación, como se aplica la Ley del Consumidor, se invierte la carga de la prueba”, explicó.

Esto significa que, ante un reclamo que reúna las condiciones legales correspondientes, la entidad financiera debe demostrar que actuó diligentemente y que aplicó los controles de seguridad exigidos, en lugar de recaer exclusivamente sobre el consumidor la obligación de probar que el banco actuó incorrectamente.

“Entonces, el banco tiene que probar que actuó en forma diligente y que aplicó todos los filtros y todas las cosas que le impone el Banco Central”, sostuvo Luqui.

El caso de una jubilada: “Me dijeron que fue mi culpa”

Durante el programa también se planteó el caso de una oyente, Delia, quien relató que recibió una llamada de personas que dijeron pertenecer al banco, entregó un código recibido por mensaje y posteriormente le sustrajeron la totalidad del dinero correspondiente a su jubilación.

Ante esta situación, Luqui sostuvo que el hecho de que la víctima haya proporcionado un código no necesariamente determina que el banco quede eximido de responsabilidad.

“Si Delia nunca le transfirió el total de su jubilación a esa persona que le robó la plata, el banco debió haber previsto que Delia nunca hizo eso”, explicó.

El abogado destacó que las entidades cuentan con herramientas tecnológicas para identificar movimientos que se apartan significativamente del comportamiento habitual de un usuario y detectar operaciones potencialmente sospechosas.

“No hay que resignarse”

Finalmente, Luqui insistió en la necesidad de que quienes sufren una estafa bancaria no acepten automáticamente la explicación de la entidad financiera ni asuman que la pérdida del dinero es inevitable.

“Hay que partir de la base de que el banco debe responder, porque ha fallado en los controles que el mismo Banco Central le impone”, afirmó.

Por eso, recomendó no borrar información, no dejar pasar el tiempo y conservar todas las pruebas posibles, además de buscar asesoramiento para determinar cuál es la vía adecuada de reclamo.

“No hay que resignarse y decir ‘fue culpa mía, ¿qué voy a hacer?’”, remarcó.

Las estafas virtuales continúan modificando sus modalidades y herramientas con gran rapidez. Frente a ello, el mensaje central del abogado fue que, más allá de las medidas de prevención, las personas que son víctimas de una maniobra de este tipo cuentan con herramientas legales para reclamar y la responsabilidad de la entidad financiera debe analizarse en función de las circunstancias concretas de cada caso.