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Derecho a Saber: Juan Bautista Luqui explicó por qué es importante ordenar los bienes y dejar previstas las decisiones para el futuro

En una nueva edición del espacio jurídico de La Nueva Radio Suárez, el abogado Juan Bautista Luqui abordó la importancia de planificar qué sucederá con los bienes, los documentos, las deudas y las decisiones personales ante una eventual incapacidad o después de la muerte. Diferenció el alcance del testamento de las directivas anticipadas y los poderes, y recomendó realizar un inventario de la situación patrimonial con asesoramiento profesional.

En el espacio Derecho a Saber, que forma parte de la mañana informativa de La Nueva Radio Suárez, el abogado Juan Bautista Luqui propuso reflexionar sobre un tema que suele postergarse: cómo dejar organizados los asuntos personales y patrimoniales para que otras personas puedan actuar de acuerdo con la propia voluntad cuando ya no sea posible hacerlo.

La conversación surgió a partir de la consulta de un hombre divorciado que quería ordenar sus papeles y asegurarse de que sus hijos supieran qué bienes tenía, dónde estaban los títulos de sus propiedades, qué cuentas bancarias utilizaba y qué deudas o reclamos judiciales podían existir.

A partir de ese caso, Luqui planteó que la planificación no debe limitarse al testamento. También es necesario prever qué podría ocurrir si una enfermedad, un accidente cerebrovascular u otra situación impidiera a una persona comunicarse o tomar decisiones por sí misma.

“Primero hay que pensar qué cosas tengo y qué cosas no saben que tengo”, resumió el abogado al recomendar un relevamiento de los bienes, los documentos, las obligaciones y las cuestiones que podrían quedar pendientes.

El testamento sirve para después de la muerte

Uno de los primeros puntos que explicó Luqui fue la diferencia entre las herramientas disponibles para organizar la vida personal y patrimonial mientras una persona está viva y aquellas destinadas a establecer su voluntad para después de su fallecimiento.

“El testamento es para después de la muerte. No sirve el testamento cuando una persona está viva”, señaló.

En cambio, las directivas anticipadas permiten dejar expresadas determinadas decisiones para situaciones futuras en las que la persona no pueda comunicarse o manifestar su voluntad. Entre los ejemplos mencionados durante la entrevista estuvieron las preferencias vinculadas con tratamientos médicos y otras decisiones personales.

Luqui explicó que estas directivas pueden instrumentarse de distintas maneras, según el contenido y las formalidades aplicables, y que no necesariamente deben reunirse todas en un único documento. También pueden modificarse si cambian las circunstancias o la voluntad de quien las otorgó.

La recomendación es analizar cada situación con un profesional para determinar qué instrumento corresponde utilizar y cómo formalizarlo correctamente.

Qué sucede cuando una persona no puede tomar decisiones

El abogado puso como ejemplo el caso de una persona internada que necesita afrontar gastos médicos, pagar obligaciones o administrar sus bienes, pero que no puede hacerlo por sus propios medios.

En esas circunstancias, explicó, no alcanza con que un familiar conozca sus deseos o tenga acceso a sus papeles. Es necesario contar con las facultades legales correspondientes para realizar los actos que sean necesarios.

Por eso distinguió las directivas anticipadas de los poderes. Estos últimos pueden permitir que una persona autorizada gestione determinadas cuestiones patrimoniales, aunque su alcance y su vigencia dependen de cómo hayan sido otorgados y de las circunstancias que se presenten. Luqui señaló que existen herramientas que pueden contemplar situaciones de incapacidad, por lo que resulta fundamental asesorarse previamente.

También advirtió que los familiares no adquieren automáticamente el derecho a disponer de los bienes de una persona por el solo hecho de ser sus hijos. Mientras el titular está vivo, su patrimonio continúa siendo suyo, y cualquier intervención de terceros debe contar con el respaldo legal correspondiente.

A esto se suman las obligaciones que no desaparecen por una internación: impuestos, gastos cotidianos, cuotas escolares, alimentos y otros compromisos que deben seguir atendiéndose. Si nadie sabe cómo administrarlos o de dónde obtener los fondos, la situación puede volverse mucho más compleja.

Papeles, propiedades, deudas y claves: la información que puede perderse

Otro de los aspectos centrales de la entrevista fue la necesidad de ordenar y registrar la información patrimonial. Luqui señaló que, en muchos casos, los familiares desconocen la existencia de bienes, documentos o derechos que podrían tener importancia económica.

Puede tratarse de una propiedad ubicada en otra provincia, un boleto de compraventa, dinero prestado a un tercero, una deuda pendiente de cobro o un reclamo judicial. Algunos de esos elementos no aparecen necesariamente en registros de consulta sencilla, por lo que reconstruirlos después puede demandar tiempo y recursos.

El abogado también mencionó las cuentas bancarias y las billeteras virtuales, así como las claves de acceso a servicios digitales. En determinados sistemas, la falta de información o de mecanismos de recuperación puede dificultar el acceso a los fondos o la continuidad de su administración.

Por eso recomendó realizar un inventario que contemple tanto los bienes y documentos registrados como aquellos acuerdos o compromisos que no cuentan con documentación formal. La información debería quedar en un lugar seguro y una persona de confianza tendría que saber dónde encontrarla.

Sin embargo, aclaró que conocer la ubicación de los documentos no habilita por sí solo a tomar decisiones: para actuar en nombre de otra persona se necesitan las autorizaciones e instrumentos legales que correspondan.

La planificación también puede proteger la continuidad de una empresa

Durante la charla, Luqui se refirió a la situación de quienes tienen una empresa o un emprendimiento y desean evitar que su funcionamiento se vea afectado después de su muerte.

Explicó que existen posibilidades de establecer previsiones para la continuidad de una empresa mediante disposiciones testamentarias, dentro de los límites legales. Según indicó, pueden fijarse pautas sobre su funcionamiento por un plazo determinado, que mencionó como de hasta veinte años en el supuesto al que hizo referencia.

La planificación cobra especial importancia cuando el titular es quien conoce en profundidad el negocio y los herederos no cuentan con experiencia para administrarlo. Sin previsiones, la sucesión puede generar conflictos o dificultades que comprometan la continuidad de la actividad.

¿Es válido un testamento escrito a mano?

Otro de los interrogantes abordados fue si tiene validez un testamento redactado de puño y letra y guardado en un cajón.

Luqui explicó que el testamento ológrafo puede ser válido si cumple con las formalidades que establece la ley, entre ellas, estar escrito íntegramente de puño y letra por el testador, fechado y firmado. No obstante, advirtió que, si aparece después del fallecimiento, puede ser necesario acreditar judicialmente su autenticidad y cumplir con el procedimiento correspondiente.

En ese sentido, señaló que una de las dificultades no es solamente redactar el documento, sino también asegurarse de que alguien sepa dónde está guardado y pueda encontrarlo cuando sea necesario.

El testamento otorgado por escritura pública, por su parte, queda incorporado al protocolo notarial, lo que ofrece otra forma de resguardar su existencia.

En cualquiera de las alternativas, la voluntad debe expresarse con claridad y respetar las disposiciones legales sobre las herencias. Luqui recordó, además, que el testamento puede modificarse mientras la persona conserve la capacidad necesaria para hacerlo.

Un trabajo que requiere tiempo y asesoramiento

Hacia el final de la entrevista, el abogado insistió en que organizar los asuntos personales no consiste solamente en redactar un documento. Es un proceso que puede llevar meses, porque supone revisar bienes, obligaciones, deudas, derechos, relaciones familiares y decisiones que muchas veces nunca se conversan.

Como primer paso, propuso hacer una especie de balance personal: identificar qué se tiene, qué se debe, qué dinero podría reclamarse, qué documentos existen y qué información necesitan conocer las personas que eventualmente deberán intervenir.

Luego, recomendó consultar con un abogado o escribano para determinar qué cuestiones conviene incluir en un testamento, cuáles requieren directivas anticipadas y para qué situaciones corresponde otorgar un poder u otro instrumento.

“Lo que no hay que hacer es no hacer nada”, advirtió Luqui, al señalar que la falta de registros puede provocar que se pierdan bienes, derechos o dinero que los familiares ni siquiera saben que existen.

La idea central del espacio Derecho a Saber fue que anticiparse permite reducir incertidumbres y evitar que, ante una emergencia o un fallecimiento, las decisiones terminen dependiendo de reconstrucciones incompletas o de intervenciones judiciales que podrían haberse prevenido.

Planificar no significa solamente decidir cómo se distribuirán los bienes al morir. También implica dejar herramientas para que, mientras la persona esté viva, sus asuntos puedan administrarse de acuerdo con su voluntad y dentro del marco legal.