06/06/2019SALUD

¿Qué va a pasar con los pacientes psiquiátricos complejos si entra en vigencia la Ley 26.657?

La opinión del Dr. Juan Aspitarte. “La ley tiene una neta direccionalidad antipsiquiátrica y antimédica”.

Esta ley tiene diez años en vigencia y entrará efectivamente en cumplimiento en enero de 2020, en una de sus partes más problemáticas: dejarán de existir entonces los institutos de atención psiquiátrica, entre otras muchas cuestiones que plantea, y que están motivando el reclamo de familiares, asociaciones médicas y organismos encargados de la salud mental.

Para conocer mejor las implicancias de esta ley, si entra en efectivo cumplimiento, entrevistamos al Dr. Juan Aspitarte, Médico Psiquiatra.

“La ley de salud mental tiene ya casi diez años de existencia, data del 2010. Es la Ley 26.657. Es una ley de la época Kirchnerista, si bien en ese momento en el Parlamento no tenían mayoría. Esta ley se votó y se aprobó, tiene algunas cosas puntuales. Tiene una parte que tiene que ver con los derechos humanos, una cosa lógica y que no tendría que estar incluida porque eso forma parte de la Constitución. Se enumeran para los pacientes de salud mental”, dijo en el principio de la entrevista, poniendo en conocimiento del tema.

Pero, por otro lado, la ley “tiene una neta direccionalidad antipsiquiátrica y antimédica. En uno de sus párrafos dice que la medicación será utilizada para el tratamiento efectivo de los pacientes y no como castigo. Literalmente dice eso la ley”.

Expresa Aspitarte que hoy la comunidad médica, y especialmente la que se ocupa de la salud mental, “estamos absolutamente ofendidos, porque están presuponiendo que nosotros usamos como castigo, y en una ley. Es una cosa espantosa y creo que esa sola mención le quita validez a la ley, porque la sesga de una manera notable”.

Otra cuestión importante, “es que relativiza las incumbencias de las distintas especialidades. Amplía las incumbencias, sin dejarla en claro de la psicología, la asistencia social, la psicopedagogía. Relega a un segundo plano el tema de la medicina en general. A tal punto que la decisión de internación o externación de un paciente pasa más por las especialidades paramédicas que por los propios médicos. Y si hablamos esencialmente de la medicina como ente regulador, controlador, y aquel que profundiza en las cuestiones científicas. La enfermedad hacia a la psiquiatría, la normalidad hace a la psicología”.

Otra cuestión fundamental es que la ley habla “del cierre de las instituciones monovalentes, es decir, las instituciones que prestan servicio solamente a pacientes psiquiátricos, donde los pacientes psiquiátricos viven, que deberían ser desalojados a partir del 1ero de enero del 2020”.

El decreto reglamentario de esta ley, el 703, del año 2013, “tuvo su frutilla del postre, con una decisión del Licenciado Grasso, actual Director de Salud Mental de la Nación, un psicólogo que puso Macri de su pueblo, Tandil, con la disposición 715/19, en la cual habla que serán reemplazadas estas instituciones monovalentes por cinco tipos de instituciones, como consultorios externos, algún pequeño hospital de día, y una sola institución de internación, con hogares de no más de diez camas, donde los pacientes tienen que autoabastecerse, hacerse la comida, las compras, etc., cosa que muchos pacientes no pueden hacer, lo que revela una gran inconsciencia respecto a lo que es la patología”.

El Consejo Superior de Médicos de la Provincia de Buenos Aires emitió una comunicación repudiando la ley en todo su articulado, y repudia el decreto del Lic. Grasso, tildándolo de temerario e imposible de cumplir.

Todas las asociaciones médicas están poniendo la voz en alto frente a esta legislación, como así también los familiares de pacientes con diferentes patologías psiquiátricas graves, que no están en condiciones de desarrollar una vida normal en la sociedad, porque pone en riesgo la vida propia y de otras personas.