25/06/2021MUNICIPALIDAD

Quedó aprobada una moratoria para vecinos deudores de tasas y de obras

Mauro Moccero, presidente del bloque de Concejales del Frente de Todos, refirió a este punto que quedó definido en la sesión del cuerpo deliberativo del último jueves.

Se trata de una moratoria “para los contribuyentes que no han podido pagar por la pandemia”, según explicó el Concejal.

Sobre el tema, sostuvo que “la gente lo estaba esperando” y adelantó que, por pago de contado, se suprimen todos los intereses, y habrá, además, pagos en cuotas en los que uno podrá cancelar intereses dependiendo la cantidad de cuotas.

“En realidad es como un paquete porque vino con exenciones” contó, y recordó que en su momento fue por dos meses a actividades que estaban paradas por la pandemia, como por ejemplo gastronómicos. 

“Hay una cierta cantidad de actividades que se los pudo eximir del pago de impuestos municipales, que es poquito para ellos, pero es lo que podemos dar y lo que está a nuestro alcance” sostuvo Mauro Moccero.

Además, se refirió a quienes trabajan en el rubro de salones de fiesta, catering y eventos: “Se les dio, desde la Secretaría de Gobierno, la posibilidad de que se conviertan en gastronómicos, con una especie de facilidades por cada situación” relató.

En esa línea, reconoció que “hay actividades que sufren muchísimo” e hizo mención de los gimnasios, el cine y espacios de baile o teatrales. 

“Hay algunos sectores puntuales que fueron los más damnificados” agregó, pero expresó que “con el cambio de estación y la vacunación masiva tenemos una esperanza para que en nuestra primavera podamos abrir más”. 

El proyecto de ordenanza prevé planes de pago especiales a establecerse entre el 1 de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2021. Será de regularización de deudas de los contribuyentes, provenientes de: 

1. Tasa de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la vía Pública, 

2. Tasa por Servicios Sanitarios

3. Tasa de Ayuda Solidaria para Problemas de Salud. 

4. Contribución Especial de Ayuda Solidaria para Bomberos.

5. Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.

6. Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene. 

7. Derechos de Cementerio.

8. Derechos de Construcción.

9. Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos. 

10. Patentes Rodados.

11. Impuesto a los Automotores.

12. Contribución de mejoras. 

13. Planes de Vivienda.

14. Ayudas Totales y Parciales Municipales. 

15. Multas e Infracciones.

16. Tasa de Gestión de Residuos

17. Aporte Extraordinario para Compra de Equipos.

Vale destacar que las deudas comprendidas pueden regularizarse por medio del presente régimen, vencidas al 30 de junio de 2021, incluido las deudas que se encontraran en gestión judicial, previo ingreso de los costas y costos judiciales.

También se podrán reformular los planes de pago vigentes e incluirse en el régimen de planes especiales. En todos los casos, el monto del acogimiento se establecerá sobre la base del importe total de la deuda vencida al 30 de junio del 2021, actualizada a la fecha del acogimiento. 

Al monto determinado se le aplicarán las bonificaciones dependiendo de la forma y medios, de pago de acuerdo a lo siguiente: 

a) Se reducirá el monto de los intereses en un 100% para la modalidad de pago contado;

b) Se reducirán los intereses en un 70% para la modalidad de pago en tres (3) cuotas;

c) Se reducirán los intereses en un 50 % para la modalidad de pago en hasta seis (6) cuotas;

d) Se reducirán los intereses en un 30% para la modalidad de pago de hasta doce (12) cuotas;

e) Se reducirán los intereses en un 15% para la modalidad de pago de hasta veinticuatro (24) cuotas;

f) Se reducirán los intereses en un 10% para la modalidad de pago en hasta treinta y seis (36) cuotas;

g) Se reducirán los intereses en un 5% para la modalidad de pago en hasta sesenta (60) cuotas solamente para los planes de Viviendas, Ayudas Municipales y Obras de Infraestructuras.

Los contribuyentes de la Tasa Servicios Sanitarios que hayan generado deuda como consecuencia de pérdidas de agua corriente internas, manifestadas por duplicar el consumo promedio que registraban doce meses antes del problema, y que al 30 de junio de 2021 se encuentren reparadas, según informe de la Oficina de Servicios Sanitarios o se infieran porque en las últimas dos mediciones el consumo no supero el  mencionado promedio; podrán obtener una reducción del 100% del interés de toda la deuda de dichas tasas para la modalidad de pago de hasta doce (12) cuotas.

Cuotas mínimas

El importe de las cuotas del plan no podrán ser inferior a:

1- 1.500,00 pesos tratándose de planes otorgados para la regularización de deudas de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal y Aporte Extraordinario para Compras de Equipos.

2- Pesos 600 pesos, tratándose de planes otorgados para la regularización de deudas de Planes de Vivienda.

3- Pesos 400 pesos, tratándose de planes otorgados para la regularización de deudas del resto de los tributos enumerados en el artículo.

Cuando un contribuyente posea más de cinco tasas y/o contribuciones afectadas a un mismo inmueble, podrá solicitar que la cuota mínima de cada plan se reduzca hasta 200 pesos. 

Sobre la liquidación y vencimiento

Las cuotas del plan vencerán en forma mensual y consecutiva el día diez de cada mes o inmediato posterior hábil si aquel resultara inhábil.

La caducidad del régimen se producirá, de pleno derecho y sin necesidad de interpelación alguna, por la falta de pago de tres o más cuotas seguidas o alternadas.

Operada la caducidad, se perderán los beneficios acordados, renaciendo y reliquidándose los recargos e intereses correspondientes; quedando habilitada de pleno derecho, sin necesidad de intimación previa, la ejecución por la vía de apremio.