13/08/2017JUDICIAL

Este domingo el Juzgado de Paz va a estar abierto de 8 a 18 horas, en atención de los amparos electorales.

El Juez de Paz Dr. Fernando Goñi Pisano recomendó a la población “que vaya a votar, está ese derecho para ejercerlo, y tengan en cuenta que hay sanciones pecuniarias para la gente que no vota. Las multas incluso ahora se pueden imprimir y pagar desde la página oficial https://infractores.padron.gov.ar. Cualquier duda que tenga la gente puede pasar por este Juzgado a satisfacerla, en caso de no poder ejercer su derecho a voto”.

A pocas horas de las Elecciones PASO, que consagrarán los candidatos para las legislativas del próximo mes de octubre, La Nueva Radio Suárez entrevistó al Juez de Paz Dr. Fernando Goñi Pisano sobre los errores que no hay que cometer y qué cuidados tener para garantizar el derecho a voto de los ciudadanos.

La primera pregunta estuvo referida a la utilidad de las internas abiertas obligatorias.

“Corresponderá al Poder Legislativo decidir sobre la utilidad o no del sistema, más allá de la opinión personal que cada uno tenga al respecto. Me parece que está claro que no ha resultado en lo que se preveía cuando se pusieron en funcionamiento. Excede obviamente la división de poderes y las posibilidades que uno tiene de juzgarlo, pero obviamente ha generado en estos días previos una situación de análisis respecto a la conveniencia o no de seguir realizándolas”, dijo en el principio de la entrevista.

Este domingo el Juzgado de Paz va a estar abierto, de 8 a 18 horas, en atención de los amparos electorales.

“Esta gimnasia electoral que tenemos hace que cada vez haya menos reclamos, nosotros resolvemos los amparos electorales con el mismo Código Electoral Nacional que usa el presidente de mesa, para resolver si un ciudadano está o no en condiciones de votar, por lo tanto cuando las instrucciones son buenas, son leídas a conciencia y la capacitación del presidente de mesa es buena no se presentan situaciones que no se puedan resolver en la misma mesa. El último año no tuvimos ninguna situación de amparo electoral. Obviamente hay gente que viene a consultarnos porque no pudo votar, pero es porque no están en el padrón o no tenían el documento habilitante. Son situaciones que no se pueden resolver”.

Para poder votar “sí o sí hay que estar inscripto en el padrón, si no se está empadronado no se puede votar. Se puede hacer una gestión por Internet, en la página de la Cámara Electoral, hay una solapita que permite reempadronarse, en caso que una persona no estuviera en el padrón, obviamente no llega a estas elecciones, pero ya tiene el trámite hecho para la próxima elección”.

En marzo de este año se dio a conocer el padrón electoral para que los ciudadanos hagan el control respectivo, solicitando entonces las correcciones necesarias o la incorporación en caso de no figurar en el mismo.

Más adelante el Juez Fernando Goñi dijo que “el documento habilitante es el documento que figura en el padrón o alguno posterior. Si yo figurara con DNI duplicado no puedo ir con el DNI original. Pero podría ir con cualquiera posterior, como el DNI tarjeta o algún formato posterior, porque se presume que puede ser alguna falta de actualización del padrón. Después hay situaciones de errores en algún número, letra, que obviamente si el presidente de mesa satisface su inquietud respecto a la identidad de la persona que va a votar lo deja votar tranquilamente. Hemos tenido la situación de alguna persona que está empadronada con muchos errores, entonces ahí la gente duda. El principio es que la gente tiene que poder votar y ejercer su derecho a voto. Obviamente el presidente de mesa no puede agregar personas al padrón”.

¿Qué pasa si las autoridades de mesa no se hicieron presentes para constituir la mesa? “Obviamente la mesa se va a constituir con las primeras personas que se presenten a votar”.

Esta situación ya pasó una vez, hace dos años atrás, en el Colegio Nacional.

“Esto es una carga ciudadana y está facultada la autoridad para constituirlo en presidente y dejarlo a cargo de la mesa”.

Dando una opinión personal al respecto, el funcionario consultado se preguntó sobre “la necesidad de un voto obligatorio o una jornada tan exclusivamente dedicada al acto eleccionario, donde exclusivamente no se puede hacer otra cosa que votar y estar pendiente de esta cuestión. Yo creo que tal vez no deberíamos vivirlo tan dramáticamente. Hay un montón de países del mundo que lo hacen los días de semana, no es necesario hacerlo un fin de semana, y no cambia la mecánica diaria. Lo mismo la obligatoriedad del voto. Obviamente el derecho a votar es fundamental del sistema democrático. Pero no sé si el voto es fundamental en el sistema democrático, lo que es fundamental es el derecho de hacerlo. Para mí hay otras cosas más importantes que el voto para definir si un país tiene o no buenos valores democráticos. Como por ejemplo el respeto a las instituciones, la división de poderes, la transparencia de los actos de gobierno…”.

Consultado en torno al significado del respeto a las instituciones consideró que “conlleva la no personalización de las funciones y que cada organismo vaya haciendo una práctica de acuerdo a la ley, que los poderes del Estado se mantengan dentro de los parámetros republicanos, que se respete la división de poderes, que los partidos políticos articulen y que se respete a las minorías. No olvidemos que la democracia, lejos de ser el gobierno de las mayorías, la característica debería ser el gobierno donde se escuchan las voces de todos. Si no se deforma en una demagogia. Esto hace que a mi modo de ver haya otros valores tan importantes como la emisión del voto. El derecho a votar es la base del sistema, pero no la emisión del voto”.

En cuanto a la transparencia en los actos de gobierno, explicó el funcionario judicial que se refiere “a la publicidad de las acciones de gobierno, a la posibilidad que la gente acceda a la información de lo que se está haciendo, en todos los órdenes. Eso hace a un sistema más democrático. A mi modo de ver nos falta camino en eso. Creo también que falta una readecuación en nuestro Código Electoral Nacional.

Fue una ley que se dictó previendo otro contexto eleccionario, cuando había problemas para votar, para llegar a una mesa, cuando había retención de documentos. Esas cosas, gracias a Dios, hoy no pasan más, hoy estamos en otra etapa”.

En el final de la entrevista invitó a la gente “a que vaya a votar, está ese derecho para ejercerlo y tengan en cuenta que hay sanciones pecuniarias para la gente que no vota. Las multas incluso ahora se pueden imprimir y pagar desde la página oficial https://infractores.padron.gov.ar. Cualquier duda que tenga la gente puede pasar por este Juzgado a satisfacerla, en caso de no poder ejercer su derecho a voto”.