08/02/2018PROVINCIA

Arba otorga exenciones y beneficios para jubilados, pensionados y casas con baja valuación fiscal.

El organismo dispuso los requisitos para acceder al beneficio tributario, e implementó los montos máximos necesarios de las propiedades para poder hacer el trámite.

El director ejecutivo de ARBA, Gastón Fossati, explicó que “adaptamos los montos máximos que tomará la Agencia para otorgar las exenciones según la Ley Impositiva, sobre todo para los sectores de la población más vulnerables como los jubilados, pensionados y propietarios de casas de menor valor”.

De acuerdo a las normativas vigentes para el presente año, los jubilados y pensionados propietarios de una única vivienda, perteneciente a la planta urbana edificada, podrán tramitar la exención del Impuesto Inmobiliario en los casos en que la valuación fiscal del inmueble no supere los 5 millones de pesos. El único ingreso de los beneficiarios deben ser haberes previsionales cuyos importes brutos en conjunto no superen mensualmente los 17 mil pesos.

En este sentido, cabe aclarar que en aquellos casos que con anterioridad al ejercicio fiscal 2018, hubieran obtenido la exención y ahora la valuación de su inmueble supere los 5 millones de pesos pero conserven la misma propiedad y cumplan las demás condiciones requeridas, seguirán teniendo el beneficio impositivo.

El trámite comienza vía web desde la página de la Agencia, www.arba.gob.ar, con la clave CIT, donde se obtendrá la “Constancia de Inicio de trámite” para luego concurrir al PUNTO ARBA más cercano a su domicilio con la documentación requerida y finalizar la gestión.

Cabe destacar que para los casos de jubilados y pensionados cuya propiedad no supere los 100 mil pesos de valuación fiscal, solo tendrán que realizar la gestión web sin tener que continuar la gestión de manera presencial. “Brindamos la posibilidad de hacer un trámite abreviado, simple y por internet para los inmuebles de menor valor para que el beneficio sea inmediato”, aseguró Fossati.

Por su parte, aquellos contribuyentes cuya valuación fiscal de su inmueble no supere en el 2018 los 400 mil pesos, también podrán acceder al beneficio de la exención, tramitando desde la página web de ARBA, con clave CIT y finalizando la gestión de manera presencial en el PUNTO ARBA más próximo con la entrega de la documentación respaldatoria.

También, de la misma manera, podrán acceder a la exención del Impuesto Inmobiliario Urbano aquellos contribuyentes ex combatientes de Malvinas y víctimas de la última dictadura militar que tengan una única vivienda cuya valuación fiscal no supere 1.282.000 de pesos.