21/02/2018CIUDAD

El que toma mejor que no conduzca…

No solo tendrá que pagar la multa, sino que sí o sí le quitan la licencia de conducir. Entrevista al Juez de Faltas Municipal por las nuevas Leyes de Tránsito la Provincia de Buenos Aires.

La nueva legislación al respecto merece una especial atención. Para graficarlo basta decir que el Juez de Faltas de Coronel Suárez, con 21 años de ejercicio en la función, nunca hizo una gacetilla de prensa… hasta ahora.

Para advertir sobre las nuevas medidas que sancionan a la persona que conduzca con graduación de alcohol, superior a lo permitido, emitió un comunicado para dar a conocer a la población las particularidades de la nueva ley.

“Tengo que poner en consideración de la gente un cambio de la norma tan importante, como la que ocurrió ahora”, dijo el Dr. Federico Lammle, ante la consulta de La Nueva Radio Suárez.

Sobre esta nueva legislación el Juez de Faltas de Coronel Suárez dijo que “la modificación es muy importante, con alto impacto en la sociedad. Si bien las actas se están haciendo desde hace mucho tiempo, por conducir en estado de ebriedad, las sanciones hasta ahora eran dispares, porque la ley no era taxativa para nosotros, los jueces, y en algunos casos cuando alguien conducía en estado de ebriedad siempre era sancionado con una multa, pero no siempre inhabilitado. Y cuando era inhabilitado no siempre por el mismo plazo. La ley nos daba un margen, a los jueces, para poder establecer estas pautas, no así en el caso de reincidencias”.

Pero ahora con nueva legislación hay cambios que la población debe conocer: “esta nueva ley no nos deja margen a los jueces para poder determinar si nos parece bien, si nos parece mal, si nos parece mucho, etc. Tenemos que aplicar lo que la ley nos obliga. A veces nos deja cierto margen, en este caso no deja ningún margen. La decisión de política legislativa ha sido la de endurecer las penas y unificar el criterio de las sanciones en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires”.

Acá van los ejemplos para graficar lo que se dice: “si una persona tiene una infracción por conducir en estado de ebriedad de 0,5 a 1 miligramo de alcohol en sangre yo tengo que poner una multa e inhabilitar, reteniendo en carnet, por seis meses. Antes de esta reforma se cobraba la multa y yo decidía si inhabilitaba o no”, dijo el Dr. Federico Lammle.

Otro ejemplo, si una persona es encontrada conduciendo su vehículo habiendo consumido alcohol, y la graduación que tiene en sangre va entre 1 y 1,5, además de la multa se le retendrá la licencia por 12 meses. Más de 1,5 de alcohol en sangre la inhabilitación será por 18 meses.

“Esta modificación implica mucho. Muchas personas que cometen esta infracción no son delincuentes. Es una infracción que se puede cometer porque toma, o porque fue a una cena con amigos, a una casa de familia, a un casamiento, lo que sea. Es decir, a cualquiera nos puede pasar una situación como esta. Tratemos de prevenirlo. Porque la consecuencia es muy grave. Y no está previsto en la ley contemplar situaciones especiales, por ejemplo que la persona necesite la licencia por su trabajo. La ley no nos da ninguna herramienta a los jueces de falta para que yo pueda contemplar si inhabilito o no a quien tiene más o menos necesidad de conducir. La sanción es para todos los casos, no importa la actividad personal, comercial o laboral que realice”.

Agregó el Juez de Faltas de la Municipalidad que “creo que la mayoría de la gente está conforme con estas modificaciones y con el hecho de endurecer las penas en este sentido. Creo que es un avance nuestro como sociedad. Hay una demanda de la sociedad de endurecer las penas y que se cumplan. Esta no es una medida que tiene afán recaudatorio, sino que tiene como idea basal crear consciencia de la gravedad de la falta, y la gravedad de la falta tiene que ver con lo que un hecho puede ocurrir en ese estado. Tiende a proteger al tercero, pero también a uno mismo. Tratemos de tomar consciencia o no tomar. La ley dice que no se puede tomar y conducir. El tomar o no tomar es una decisión de la persona y en eso no se puede meter el Estado. Pero cuando uno está en la vía pública sí el Estado tiene una función, que es la de preservar a los demás, en principio, y a uno mismo. Tomemos consciencia que ese es el objetivo”.